No es posible recuperar el IVA de facturas que incluyen compras destinadas al desarrollo de la
actividad al emitir boletas de honorarios,
ya que la emisión de este último documento tributario corresponde a una actividad de la segunda categoría de la Ley
sobre Impuesto a la Renta.
Además, la recuperación del Crédito Fiscal del IVA, soportado en las
compras, es un derecho que
otorga la ley bajo ciertas circunstancias a los contribuyentes de la primera categoría de la Ley
sobre Impuesto a la Renta,
siempre y cuando desarrollen actividades de ventas o servicios gravados con IVA.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción
Declaración mensual (F29), Ayudas.
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