PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración del formulario 50 | Corregir o rectificar declaraciones del formulario 50

 Pregunta   ID:   001.030.1641.007  Fecha de Creación:   26/07/2004

¿Pueden ser rectificadas las declaraciones realizadas en el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/08/2022

Sí, las declaraciones realizadas en el Formulario 50 pueden ser rectificadas por Internet, ingresando al sitio Web del SII, sección Servicios online, Impuestos mensuales, menú Declaración mensual (F50), opción Corregir o rectificar declaración.

Si es que no es posible realizar este trámite en línea, puede presentar dicha rectificatoria mediante una Petición Administrativa, ingresando a Servicios online, Peticiones Administrativas y otras Solicitudes, Peticiones administrativas y otras solicitudes, opción Ingresar petición administrativa y otras solicitudes, Peticiones Administrativas, donde debe seleccionar la Materia "Rectificatoria de formulario 50". También podrá concurrir a la oficina del SII correspondiente al domicilio comercial del contribuyente.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular N° 37 y Circular N° 48, ambas de 2004. Adicionalmente este tema puede ser cosultado en Resolución N° 19, de 2020.

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