No, un contribuyente de segunda categoría de la Ley de la Renta que no presenta
movimiento no debe declarar el Formulario 29 "sin movimiento", puesto que esta
obligación tributaria es sólo para aquellos contribuyentes que deben declarar
el Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA), de acuerdo con lo establecido en
el artículo 64° de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, en relación con el artículo 89° de la
Ley sobre Impuesto a la
Renta. |