Se recuerda que la Resolución
N° 19, de 2020,
establece la obligación de declarar el Formulario 29 únicamente a través de
Internet en la página web del Servicio de Impuestos Internos,
www.sii.cl.
Antes de la vigencia de la Resolución N° 19, de 2020:
Un contribuyente obligado a pagar sus impuestos por Internet y que no pudo realizar
dicho pago por este medio deberá realizarlo en una entidad bancaria o financiera autorizada con un formulario en papel y estará sujeto a las sanciones dispuestas en el artículo 109 del
Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario y, además, a la posible revocatoria de la autorización para llevar la contabilidad en hojas sueltas.
El
SII recomienda que el contribuyente que tenga dificultades con su declaración por Internet y que desee obtener orientación con respecto a su situación particular, deberá comunicarse con la
Mesa de Ayuda del Servicio
de Impuestos Internos
(En el caso de llamar desde teléfono fijo a Mesa de Ayuda, desde la Región Metropolitana o desde las Regiones, debe discar: 2 3252 5575).
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