Sí, el IVA anticipado por Cambio de Sujeto en la venta de harina debe ser declarado en el actual Formulario 29
según las siguientes situaciones:
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El comprador debe registrarlo en la línea 112, código 556 (Reverso del Formulario 29).
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El vendedor debe registrarlo en la línea 121, código 555 (Reverso del Formulario 29).
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, sección Servicios online,
menú
Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción
Ayudas.
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