Se recuerda que la Resolución N° 108, de 2020, deja sin
efecto a contar del día 1 de enero de 2021, para aquellos contribuyentes
emisores de factura electrónica y el 1 de marzo de 2021, para aquellos
contribuyentes que no tengan tal calidad, las instrucciones contenidas en las
Resoluciones Ex. SII N° 6761 de 1998, N° 24 de 2002, N° 53 y N° 111 de 2004,
relativas a las autorizaciones otorgadas para la utilización de máquinas
registradoras, terminales de puntos de venta e impresoras fiscales, para la
emisión de vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios y N° 48 de
2016 y N° 8 de 2018 sobre autorizaciones otorgadas para la utilización de vales
electrónicos en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.
Respuesta anterior:
Las Notas de Crédito emitidas por ventas afectas a IVA con boletas de máquinas registradoras deben anotarse en la línea 14, códigos 708 y 709, del actual Formulario 29.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú
Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.
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