PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Formulario 29 de IVA | Llenado de líneas | Débitos y ventas

 Pregunta   ID:   001.030.1829.012  Fecha de Creación:   16/09/2004

¿En qué línea del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo deben anotarse las Notas de Crédito emitidas por ventas afectas a Impuesto al Valor Agregado (IVA) con boletas de máquinas registradoras?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   12/08/2022

Se recuerda que la Resolución N° 108, de 2020, deja sin efecto a contar del día 1 de enero de 2021, para aquellos contribuyentes emisores de factura electrónica y el 1 de marzo de 2021, para aquellos contribuyentes que no tengan tal calidad, las instrucciones contenidas en las Resoluciones Ex. SII N° 6761 de 1998, N° 24 de 2002, N° 53 y N° 111 de 2004, relativas a las autorizaciones otorgadas para la utilización de máquinas registradoras, terminales de puntos de venta e impresoras fiscales, para la emisión de vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios y N° 48 de 2016 y N° 8 de 2018 sobre autorizaciones otorgadas para la utilización de vales electrónicos en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.

Respuesta anterior:

Las Notas de Crédito emitidas por ventas afectas a IVA con boletas de máquinas registradoras deben anotarse en la línea 14, códigos 708 y 709, del actual Formulario 29.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿En qué parte del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo deben ser registradas las Notas de Crédito emitidas que no rebajan el Débito Fiscal por superar el plazo de tres meses cuando son devueltos los bienes?
  • ¿Qué se debe hacer cuando las Notas de Crédito emitidas por una empresa son mayores que el monto de los Débitos Fiscales del período?