Cuando las Notas de Crédito emitidas por una empresa son mayores que el monto de los
Débitos Fiscales del período, debe procederse del siguiente modo:
a) En el antiguo Formulario 29 de Declaración
y Pago Simultáneo Mensual, vigente hasta el período tributario de agosto de 2004, el Débito Fiscal negativo
determinado se deberá declarar como Crédito Fiscal y, además, comunicar la ocurrencia de tal
hecho por escrito al
SII.
b) En el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, que comenzó a regir a partir del 1 de octubre de
2004 y utilizable desde el período tributario de septiembre de 2004, basta con registrarlas en la línea 13,
prevista para las Notas de Crédito emitidas.
Si a consecuencia del procedimiento
anterior, resultara eventualmente un Débito Fiscal negativo para el caso de un
contribuyente que declara por papel el nuevo Formulario 29, es indiferente que registre los valores
negativos en los códigos [538] y [537], ya sea entre paréntesis o
con signo negativo, entendiendo que el SII siempre digitará los valores negativos con signo
negativo. Si se declara por Internet a través de la Oficina Virtual del SII, la aplicación automáticamente
expresará los valores negativos con signo negativo.
Si la diferencia ente las líneas 23 y 49 resulta negativa, el resultado
se registra como valor absoluto en el código [77], línea 50.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, Sección Servicios online, Impuestos Mensuales,
Ayudas, Declaración Mensual F29, Más Información,
Instrucciones
para llenar el Formulario 29 (reemplaza Suplemento Tributario F29).
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