PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Nota de crédito y débito | Contabilización y registro

 Pregunta   ID:   001.012.1184.013  Fecha de Creación:   18/03/2004

¿Qué se debe hacer cuando las Notas de Crédito emitidas por una empresa son mayores que el monto de los Débitos Fiscales del período?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   18/05/2023

Cuando las Notas de Crédito emitidas por una empresa son mayores que el monto de los Débitos Fiscales del período, debe procederse del siguiente modo:

a) En el antiguo Formulario 29 de Declaración y Pago Simultáneo Mensual, vigente hasta el período tributario de agosto de 2004, el Débito Fiscal negativo determinado se deberá declarar como Crédito Fiscal y, además, comunicar la ocurrencia de tal hecho por escrito al SII.

b) En el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, que comenzó a regir a partir del 1 de octubre de 2004 y utilizable desde el período tributario de septiembre de 2004, basta con registrarlas en la línea 13, prevista para las Notas de Crédito emitidas.

Si a consecuencia del procedimiento anterior, resultara eventualmente un Débito Fiscal negativo para el caso de un contribuyente que declara por papel el nuevo Formulario 29, es indiferente que registre los valores negativos en los códigos [538] y [537], ya sea entre paréntesis o con signo negativo, entendiendo que el SII siempre digitará los valores negativos con signo negativo. Si se declara por Internet a través de la Oficina Virtual del SII, la aplicación automáticamente expresará los valores negativos con signo negativo. Si la diferencia ente las líneas 23 y 49 resulta negativa, el resultado se registra como valor absoluto en el código [77], línea 50.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Sección Servicios online, Impuestos Mensuales, Ayudas, Declaración Mensual F29, Más Información, Instrucciones para llenar el Formulario 29 (reemplaza Suplemento Tributario F29).

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