Sí, es posible hacerlo, pues no existe un valor mínimo de exportaciones para solicitar la devolución de
Crédito Fiscal, según lo dispuesto en el artículo 36, de la Ley sobre Impuesto a las
Ventas y Servicios, y tampoco lo establece el Decreto Supremo N° 348 que
reglamenta dicho
beneficio.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Servicios online, menú Impuestos menuales, Solicitud de devoluciones,
Opción Solicitud Devolución IVA Exportador (F3600), Ayudas. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en
la Circular
47, de 2008,
Resolución
N° 7, de 2008 y
Circular N° 61, de 2020.
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