PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Débito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.2088.005  Fecha de Creación:   09/12/2004

¿Cómo debe ser declarado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las ventas realizadas a la Dirección General de Aeronaútica Civil, en las que se retiene un 2% sobre el monto de las facturas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/03/2023

El IVA de las ventas realizadas a la Dirección General de Aeronaútica Civil se debe declarar íntegramente, sin descontar el 2% que le retiene dicha institución, según lo establecido en la Ley N° 16.752, publicada en el Diario Oficial el 17 de febrero de 1968.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Ordinario N° 3.860, de 2006.