PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Crédito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.2200.004  Fecha de Creación:   12/01/2005

¿Se debe dejar de aplicar la proporcionalidad del Crédito Fiscal IVA cuando en uno o más períodos no se registran ventas exentas o no gravadas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   13/03/2023

No se debe dejar de aplicar la proporcionalidad del Crédito Fiscal IVA cuando en uno o más períodos no se registran ventas exentas o no gravadas, pues este es un mecanismo anual acumulativo, que debe aplicarse independiente de la inexistencia de ventas exentas o no gravadas durante un período determinado, según lo establecido en el artículo 23°, N° 3, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Reglamento de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, específicamente en su artículo 43. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 826, de 2004.

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