PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Impuesto al Valor Agregado | Débito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.5300.003  Fecha de Creación:   15/05/2007

¿Se debe aplicar la proporcionalidad del IVA cuando existen Facturas de Exportación?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   06/10/2022

No, pues las exportaciones si bien son operaciones exentas, la Ley les otorga el derecho a recuperar los créditos fiscales asociados a dichas operaciones, conforme lo establecido en el artículo 36° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, por lo cual no deben aplicarse en el cálculo de la proporcionalidad prevista en el artículo 23° N° 3 de la Ley citada, concordado con el artículo 43° del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

En la situación excepcional en que el contribuyente tenga simultáneamente ventas internas afectas, exentas y exportaciones, debe considerarse lo instruido en el Oficio 427 de 1995, en el orden de que para los fines del cálculo de la proporcionalidad referida, las exportaciones deben sumarse a las ventas afectas.

Mayor información puede ser consultada en el sitio web del SII, menú Administrador de Contenido Normativo, opción Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, artículo 23° N° 3. Adicionalmente, puede consultar la Circular 61, de 2020.

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