En esta situación debe rectificarse, agregando el valor de las ventas exentas y la cantidad de documentos que respaldan dichas
operaciones, mediante las modalidades instruidas en la
Circular
N° 48, de 2004.
Puede obtener mayor información relativa
a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, menú, Declaraciones de impuesto, Declaración mensual de IVA (F29), Ayudas, ¿Cómo se hace para….?, opción Rectificar
IVA, PPM Y Retenciones.
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