Sí, puesto que se trata de la construcción de un bien relacionado con una actividad
de la empresa concesionaria afecta a IVA, como lo es el servicio de
estacionamiento de automóviles y vehículos similares en playas de
estacionamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio
N° 2.565, de 2004.
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