¿El flete dentro del territorio nacional, prestado por una compañía naviera, para llegar con el producto a puerto chileno, está afecto o exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?
|
El flete en territorio chileno está exento de IVA, según lo dispuesto en el
artículo 12 de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, cuando
éste sea necesario para trasladar las mercancías hasta el puerto o aeropuerto
de destino, y siempre que la internación o nacionalización de las mercancías
se produzca en dicho puerto o aeropuerto.
|