PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Formulario 29 de IVA | Llenado de líneas | Créditos y compras

 Pregunta   ID:   001.030.5827.008  Fecha de Creación:   29/04/2008

¿En que período se utiliza el crédito por Impuesto de Timbres y Estampillas soportado o pagado del artículo 3° Ley N° 20.259, y en que línea y código del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo se debe declarar?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   21/07/2022

El Impuesto de Timbres y Estampillas soportado o pagado del artículo 3° Ley N° 20.259 en un determinado período tributario, debe ser utilizado como crédito fiscal en ese mismo período, y se debe anotar en la línea 47, código 712, “Crédito por Impuesto de Timbres y Estampillas, Art. 3° Ley N° 20.259”, del actual formulario 29 Declaración Mensual y Pago Simultáneo, desde la fecha en que se crea una línea y código especial para este concepto.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.

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