PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Nuevos beneficios tributarios asociados al formulario 29 | Rebaja Transitoria del Monto de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM)

 Pregunta   ID:   001.030.5891.003  Fecha de Creación:   04/02/2009

¿Quién podía hacer uso de la rebaja transitoria al monto de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/03/2023

Podían utilizar el beneficio de la rebaja transitoria aquellos contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta que declaren sus impuestos sobre Renta Efectiva, así como los contribuyentes mineros del Impuesto de Primera Categoría, que no sean Pequeños Mineros Artesanales o mineros que declaren sus impuestos bajo el régimen de Renta Presunta. Es decir, aquellos contribuyentes que ajusten sus tasas anualmente, según lo descrito en el artículo 84, letra a), de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N° 09, de 2009.