Se deben ingresar los antecedentes básicos de la Factura (Tipo de documento,
folio, RUT del proveedor, tasa de impuesto, nombre o Razón Social del proveedor,
tipo de impuesto y fecha de emisión
del documento), como también, se debe ingresar la información del Monto Neto o
Monto Exento o No Gravado (según corresponda), Monto Neto Activo Fijo y del
Monto Total.
En los casos que corresponda se debe ingresar la información del Impuesto al
Valor Agregado y el Monto del IVA del Activo Fijo.
Existen ejemplos para el registro de las Facturas de
Proveedores con IVA Recuperable en menú Declaraciones Juradas, opción Declaraciones
Juradas de IVA F3327 y F3328,
sección Ayudas,
Ejemplo llenado libro de compras
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú
Declaraciones
Juradas IVA, opción Declaraciones Juradas de IVA. Además en el menú
Normativa y Legislación, opción Resoluciones,
Resolución N°
5 de 2014, la
que deja sin efecto
Resolución N° 117 de 2011.
Se hace presente que a contar del
mes de agosto de 2017, de acuerdo a la Ley N° 20.727 que introduce
modificaciones a la legislación tributaria en materia de factura electrónica y
dispone entre otras medidas que implican la derogación de la obligación de
efectuar las Declaraciones Juradas de IVA N° 3327 y 3328, medidas que han sido
instruídas a través de la
Resolución N° 61, de 2017.
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