En el campo N° 22 Tipo Documento Referencia, se debe indicar el tipo de documento
anulado, para aquellos casos en que se haya emitido Nota de Crédito que anula
una Factura o Nota de Débito en forma completa.
En el campo N° 23 Folio Documento Referencia, debe indicarse el folio del documento anulado.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú
Declaraciones
Juradas IVA, opción Declaraciones Juradas de IVA. Además en el menú
Normativa y Legislación, opción Resoluciones,
Resolución N°
5 de 2014, la
que deja sin efecto
Resolución N° 117 de 2011.
Se hace presente que a contar del mes de agosto de 2017, de
acuerdo a la Ley N° 20.727 que introduce modificaciones a la legislación
tributaria en materia de factura electrónica y dispone entre otras medidas que
implican la derogación de la obligación de efectuar las Declaraciones Juradas de
IVA N° 3327 y 3328, medidas que han sido instruidas a través de la
Resolución N° 61, de 2017.
|