Si el proceso de validación arroja como
resultado un rechazo, éste no permitirá el ingreso al SII de la Información
Electrónica de Compra y Venta (IECV),
Declaración
Jurada 3327 / 3328 o Libro de Compra y Venta. Los
contribuyentes deben corregir los registros con rechazo, antes de volver a
enviar.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú
Declaraciones
Juradas IVA, opción Declaraciones Juradas de IVA. Además en el menú
Normativa y Legislación, opción Resoluciones,
Resolución N°
5 de 2014, la
que deja sin efecto
Resolución N° 117 de 2011.
Se hace presente que a contar del mes de agosto de 2017, de
acuerdo a la Ley N° 20.727 que introduce modificaciones a la legislación
tributaria en materia de factura electrónica y dispone entre otras medidas que
implican la derogación de la obligación de efectuar las Declaraciones Juradas de
IVA N° 3327 y 3328, medidas que han sido instruidas a través de la
Resolución N° 61, de 2017.
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