PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Declaración Jurada Semestral de IVA, Formularios 3327 y 3328 | Aspectos Generales

 Pregunta   ID:   001.076.6266.003  Fecha de Creación:   23/05/2012

¿Cómo registrar en la Declaración Jurada de Compras, Formulario N° 3327, las facturas de ventas y servicios no afectos o exentos de IVA recibidas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   13/10/2017

Se deben ingresar los antecedentes básicos de la Factura de ventas y servicios no afectos o exentos de IVA recibidas (Tipo de documento, folio, RUT del proveedor, nombre o Razón Social del proveedor y fecha de emisión del documento), como también, se debe ingresar la información del Monto Exento o No Gravado y Monto Total.

Existen ejemplos para el registro de las Facturas de Ventas y Servicios no Afectos o Exentos de IVA en menú Declaraciones Juradas, opción Declaraciones juradas de IVA F3327 y F3328, sección Ayudas, Ejemplo llenado libro de compras.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Declaraciones Juradas IVA, opción Declaraciones Juradas de IVA. Además en el menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, Resolución N° 5 de 2014, la que deja sin efecto Resolución N° 117 de 2011.

Se hace presente que a contar del mes de agosto de 2017, de acuerdo a la Ley N° 20.727 que introduce modificaciones a la legislación tributaria en materia de factura electrónica y dispone entre otras medidas que implican la derogación de la obligación de efectuar las Declaraciones Juradas de IVA N° 3327 y 3328, medidas que han sido instruidas a través de la  Resolución N° 61, de 2017.

 

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