Se deben ingresar los antecedentes básicos de la Factura de Inicio (Tipo de
documento, folio, RUT del proveedor, tasa de impuesto, nombre o Razón Social del
proveedor, tipo de impuesto y
fecha
de emisión del documento), como también, se debe ingresar la información del
Monto Neto; Monto Impuesto al Valor Agregado; Código, tasa y monto otro impuesto
o retención (con crédito) y Monto Total.
Existen ejemplos para el registro de las Facturas de
Inicio recibidas
en menú Declaraciones Juradas, opción Declaraciones juradas de IVA F3327 y F3328, sección Ayudas,
Ejemplo llenado libro de compras.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú
Declaraciones
Juradas IVA, opción Declaraciones Juradas de IVA. Además en el menú
Normativa y Legislación, opción Resoluciones,
Resolución N°
5 de 2014, la
que deja sin efecto
Resolución N° 117 de 2011.
Se hace presente que a contar del mes de agosto de 2017, de
acuerdo a la Ley N° 20.727 que introduce modificaciones a la legislación
tributaria en materia de factura electrónica y dispone entre otras medidas que
implican la derogación de la obligación de efectuar las Declaraciones Juradas de
IVA N° 3327 y 3328, medidas que han sido instruidas a través de la
Resolución N° 61, de 2017.
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