Sí. El artículo 9 de la Ley N°
21.252 señala que, en el caso de los empresarios individuales, estos deben
adicionar un 3% en los Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios que se
declaren en los respectivos formularios de impuestos mensuales (formulario 29).
Este pago adicional se deberá realizar a partir del día 01 de septiembre de
2021.
Puede obtener mayor información consultado en nuestro sitio web sii.cl, sección
Destacados Beneficios Clase Media.
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