PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Medidas tributarias de apoyo a Personas y Pymes | Prestamo con tasa cero %

 Pregunta   ID:   001.180.7733.001  Fecha de Creación:   07/08/2020

Si el monto del Préstamo con tasa real 0% que recibí es mayor al que correspondía ¿debo reintegrarlo?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   03/02/2023

Sí. De acuerdo a lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 21.252, en caso de haber obtenido un préstamo mayor al que le corresponda, según lo determine el SII, el exceso se deberá reintegrar en el proceso de declaración anual de impuesto a la renta siguiente a dicha determinación.

Para estos efectos se aplicarán las normas sobre reajustabilidad e intereses establecidas en el artículo 53 del Código Tributario y la sanción que contempla el artículo 97 N° 11 del mismo Código, en caso que se haya obtenido un beneficio mayor por causa imputable al beneficiario.

Puede obtener mayor información consultado en nuestro sitio web sii.cl, sección Destacados Beneficios Clase Media.