Se hace presente que a través de
la Resolución
N° 165,
publicada el 22 de diciembre del 2020, el SII mantuvo hasta el 28 de febrero del
2021 la validez como boleta de los vales electrónicos y vales en reemplazo de
boletas emitidos por máquinas registradoras, terminales de punto de venta e
impresoras fiscales.
De esta forma y de acuerdo con la Resolución N° 165, a partir del 1 de marzo los
contribuyentes que utilicen vales electrónicos y/o vales en reemplazo de
boletas, deberán usar alguna de las alternativas disponibles para la emisión de
boletas de ventas de bienes y servicios electrónicas (el sistema gratuito del
SII o las opciones de mercado).
Hasta antes de la resolución
anteriormente indicada, la(s) máquina(s) registradoras debían poseer un
"Registro de Reposición a Cero", consistente en un contador automático
inviolable, que permite establecer el número de veces que se han totalizado las
ventas u otras operaciones efectuadas, y que en cada una de esas veces deja a la
máquina en condiciones de registrar nuevamente las operaciones partiendo de
cero. |