Sí, es posible timbrar facturas con mérito ejecutivo antes del 15 de abril de 2005, de acuerdo con lo señalado en la Resolución
Exenta N° 14, de 2005. No obstante lo anterior, es necesario considerar que, respecto al mérito ejecutivo de las facturas, lo tendrán sólo aquellas emitidas a contar de la fecha señalada, según lo establecido en la Ley N° 19.983, de 2004. |