En el caso de los empresarios individuales, estos deben adicionar un 3% en los
Pagos Provisionales Mensuales Obligatorios que se declaren en los respectivos
formularios de impuestos mensuales (Formulario 29). Este pago adicional se
deberá realizar a partir del día 01 de septiembre de 2022, según el Art. 12 de
la ley N°21.323.
Puede obtener más información relativa a la Normativa relacionada a la
Ley N° 21.525, de
2020 y
Ley N° 21.323, de
2021 o visite el Portal
Préstamo Solidario 2021.
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