Las características y obligaciones de una institución deportiva para efectos
de ser receptora de donaciones son, entre otras, las siguientes:
- Debe ser una persona jurídica sin fines de lucro, tales como:
Chile Deportes, corporaciones de Alto Rendimiento y corporaciones municipales que cuenten con un proyecto deportivo. También pueden serlo las organizaciones deportivas.
Deben elaborar un informe del estado de los ingresos recibidos por donación y
detallar el uso de los mismos. Dentro
de los tres primeros meses de cada año, los beneficiarios o donatarios
deberán remitir un ejemplar de dicho Informe a la Dirección Regional del
Servicio de Impuestos Internos correspondiente a su domicilio.
-
Los beneficiarios o
donatarios que reciban donaciones estarán obligados a acreditar la recepción,
destino y uso de las donaciones recibidas mediante contabilidad completa. Si
el beneficiario tiene escaso movimiento y no requiere de grandes montos para
el financiamiento de sus actividades, podrá llevar contabilidad
simplificada, autorizada por la Dirección Regional del SII correspondiente
a su domicilio.
-
Las donaciones deben ser
acreditadas mediante la emisión de un certificado extendido por el
donatario, el que deberá ser timbrado por el SII y cumplir con los
requisitos establecidos para ello.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
menú Normativa y legislación, Circulares, opción Circular
N° 81, de 2001 y
Circular
N°71, de 2010 |