Las obligaciones tributarias que se generan si un socio persona natural vende
sus derechos sociales en una Sociedad
Limitada son las siguientes:
- Pago del Impuesto de Primera Categoría, mediante el Formulario 50 de
Declaración Mensual y Pago Simultáneo sobre
el mayor valor obtenido.
- Impuesto Global Complementario o Adicional que proceda sobre el mayor valor obtenido, mediante el
Formulario 22 de Renta.
- Comunicar al SII el cambio societario mediante
el Formulario 3239 de Modificaciones.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación,
Legislación tributaria y Conevios Internacionales, Legislación tributaria básica, opción
Ley
sobre Impuesto a la Renta, específicamente en los artículo 20, N° 5;
artículo 41,
N° 13, y artículo 69, N° 3.
Adicionalmente esta materia puede ser consultada en el Oficio N° 1692, de 1978, Oficio
N° 179, de 2001 ,
Circular
N° 13 de 2014 y
Circular N° 44, de 2016.
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