PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Impuestos de la Ley de la Renta | Impuesto adicional

 Pregunta   ID:   001.002.2702.006  Fecha de Creación:   07/04/2005

¿Están sujetos a retención del Impuesto Adicional el pago de viáticos a consultores extranjeros?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   14/09/2023

Sí, están sujetos a retención del Impuesto Adicional el pago de viáticos a consultores extranjeros, según lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Los viáticos no constituyen renta, siempre y cuando se otorguen a trabajadores de las empresas nacionales y sus montos sean calificados como razonables, a juicio del Director Regional del SII respectivo, según lo dispuesto en el Artículo 17 N° 15 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, Declaración de renta, opción  Ayudas.

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