Sí, la pensión de sobrevivencia y otras rentas que recibe un menor de edad
(con incapacidad relativa o absoluta) deben ser declaradas por el padre en su
Declaración de Impuesto a la Renta, el que deberá considerar, para ello, su
situación personal y los topes que le puedan beneficiar en relación con el
impuesto personal que le afecte.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
menú Normativa y legislación, Administrador de contenido normativo, donde encuentra el
Oficio N° 492, de 1995.
|