Los períodos por Ahorro Previsional que se consideran en la rebaja tributaria contemplan lo siguiente:
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Las entidades informan al
SII los Ahorros Previsionales, vía descuentos efectuados por el empleador, que incluye los
montos del mes de diciembre, enterados en enero.
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En caso de Ahorros Previsionales efectuados
directamente por el trabajador o profesional, se informan los efectivamente
recibidos desde enero a diciembre.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y legislación, opción Circulares,
Circular
N° 51, de 2008. |