| El crédito que se registra en el FUT es el que corresponde a impuestos externos aplicados a rentas que provienen de países con o sin convenio, según lo dispuesto por el nuevo texto de los
artículos 41A y 41C de la Ley
sobre Impuesto a la Renta, modificados por la Ley N° 20.171, de febrero de 2007. Se hace presente, que la Ley N° 20.780 de 2014, que 
modifica la Ley de la Renta, termina con el mecanismo del Fondo de Utilidades 
Tributables (FUT) transitando al nuevo sistema de tributación, considerando las 
siguientes reglas en el tiempo: Régimen permanente, que se regula en detalle en las 
modificaciones a la ley sobre Impuesto a la Renta contenidas en el artículo 1° y 
que entra a regir en el año comercial 2017, para aplicarse en propiedad durante 
el año tributario 2018. Régimen de transición hasta el 31.12.2016, cuyas reglas 
están contenidas en los artículos segundo y cuarto transitorio.  Puede obtener mayor
 información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú
 Normativa y legislación, opción  Circular
 N° 5 de 1999.
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