No, ya que para invocar este crédito contenido en el artículo 33 bis de la Ley del Impuesto a la Renta, se debe considerar el año en que el bien referido, pueda utilizarse o entrar en funcionamiento.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde encontrará la Circular
N° 41 de 1990 ,
Circular N°
19 de 2009 ,
Circular 62 de 2014,
Circular N° 53 de 2020,
Circular N° 40 de 2021 y Circular N° 39 de 2022. |