Al declarar por un medio electrónico (Internet) la declaración sin pago, puede ser reemplazada tantas veces como se desee, hasta el 26 de abril del año tributario 2024, siempre que no haya solicitado devolución hasta el 8 de abril, considerándose como declaración vigente, la última recibida dentro de este plazo. Los contribuyentes que declaren en forma posterior a esa fecha, no podrán reemplazar la declaración presentada.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, Servicios online, Declaración de Renta, menú
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