¿Un transportista de carga con renta efectiva, con pérdida tributaria y Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) negativo, debe determinar y pagar PPM del 0,3% sobre el avalúo de los vehículos?
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Según lo dispuesto en el artículo 84, letra a), de la
Ley
sobre Impuesto a la Renta, los contribuyentes obligados a determinar renta efectiva,
efectúan los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) de acuerdo con una tasa variable, pago que pueden
ser suspendido ante la presencia de algún tipo de pérdida tributaria, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 90 del cuerpo legal ya mencionado.
Se recuerda que la tasa del 0,3% es para aquellos contribuyentes
transportistas que tributan en base a Renta Presunta.
Puede ver mayor información sobre el tema en
el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Circulares,
Circular 52
de 2014. |