PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Declaración de renta | Antecedentes para confeccionar la declaración

 Pregunta   ID:   001.002.5557.002  Fecha de Creación:   07/08/2007

¿Cuál es el tratamiento tributario de las servidumbres?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   30/05/2022

Las servidumbres son conceptuadas como un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño, de conformidad con el Artículo 820 del Código Civil, cuyo tratamiento tributario para los fines del Impuesto a la Renta debe dirimirse de acuerdo con los Artículos 2, 17 y 18 de la Ley sobre impuesto a la Renta, y para los efectos del Impuesto al Valor Agregado conforme con los Artículos 2 y 8 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Oficio N° 3.274 de 1995 y Oficio N° 862 de 1997.

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