PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Créditos y beneficios tributarios | Créditos tributarios | Depósitos a plazo por 57 bis

 Pregunta   ID:   001.002.5625.005  Fecha de Creación:   12/10/2007

¿Se considera retiro el traspaso de una cuenta 2, entre AFPs distintas, ambas acogidas al beneficio del artículo 57 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   14/11/2022

Sí, pues según lo dispuesto en el artículo 57 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, no existe ninguna excepción con respecto al tema. En el caso mencionado, se considerará como retiro el giro desde la primera cuenta, mientras que la segunda es la que recibe los fondos que constituye un depósito, de esta manera se genera un Ahorro Neto Negativo y Ahorro Neto Positivo.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, donde encuentra el Oficio N° 1133, de 1998.

Se hace presente que, la ley N° 20.780 de 2014, deroga a contar del 01.01.2017, el beneficio contenido en el artículo 57 bis de la Ley de la Renta, por lo tanto, las inversiones que se efectúen en el período 01.01.2015 al 31.12.2016 con arreglo a este artículo, tendrán algunas excepciones en su aplicación, que han sido instruidas en la Circular N° 11, de 2015, como también, el tratamiento de los saldos pendientes invertidos al 31.12.2014.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú  Normativa y Legislación, opción Circulares, Circular N° 11, de 2015.

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