PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Renta | Créditos y beneficios tributarios | Créditos tributarios | Inversiones en Investigación y Desarrollo

 Pregunta   ID:   001.002.6141.005  Fecha de Creación:   19/07/2011

¿Qué contribuyentes tienen derecho al crédito por inversiones en investigación y desarrollo?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   21/11/2022

Los contribuyentes que tienen derecho a este beneficio son los siguientes:

a) Los de la Primera Categoría que declaren en dicha categoría la renta efectiva determinada mediante una contabilidad completa, ya sea, conforme a las normas de los artículos 14 bis ó 20 de la Ley de la Renta, aún cuando estos últimos se acojan a la exención establecida en el artículo 14 quáter de la referida ley.

(b) Se excluyen del citado beneficio tributario los contribuyentes de la Primera Categoría que declaren sus rentas efectivas y no lo hagan mediante contabilidad completa o se encuentren acogidos a un régimen de renta presunta.

La Ley N° 20.780, deroga el régimen especial de tributación establecido en el artículo 14 bis de la LIR, y la exención del IDPC establecida en el artículo 40 N° 7 de la misma ley, en concordancia con el artículo 14 quáter de la LIR. No obstante ello, las disposiciones transitorias establecen que aquellos contribuyentes que al 31 de diciembre de 2014 se encuentren acogidos a alguno de estos regímenes, podrán mantenerse en él hasta el 31 de diciembre de 2016, en tanto cumplan los requisitos para tal efecto.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Circular N° 61 de 2008, Resolución Exenta N°17 de 2013 y Circular N°19 de 2013.