Para conocer los plazos establecidos en el envío de información a este Servicio
ver las siguientes resoluciones:
1.
Resolución Exenta SII N°19 del
29 de Enero del 2004, Establece Obligación de las Administradoras de Fondos de
Pensiones de Informar al SII, en la Forma y Plazo que se
Señalan, las Cotizaciones Previsionales Mensuales de Afiliados que Indica.
2.
Resolución Exenta SII N°12 del
29 de Enero del 2004, Establece Obligación del Instituto de Normalización
Previsional de Informar al SII, en la Forma y Plazo que se Señalan, las
Cotizaciones Previsionales Mensuales de Afiliados que Indica.
3.
Resolución Exenta SII N°116 del
29 de Septiembre del 2008, Forma y plazo en que las Administradoras de Fondos de
Pensiones e Instituciones Autorizadas deben remitir al SII la información para
la determinación del monto de la bonificación que establece el artículo 20 O,
del D.L 3.500 de 1980.
Por último, desde el sitio web de Tesorería General de la República,
menú Devoluciones y Beneficios, puede verificar el monto de la bonificación
determinada, en la situación que corresponda dicho beneficio.
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