No, ya que es una opción a la que el contribuyente puede optar voluntariamente. En caso de no acogerse las Rentas afectas a impuestos (RAI) se seguirán acumulado y a este se imputarán retiros o distribuciones.
Fuente Normativa: Circular N° 34 y Resolución Exenta SII N° 76, ambas del 2024
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