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Ediciones Especiales
abril de 2012
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Ejemplo:
Para el RUT 12.345.678-9, Banco Santander Santiago y N° de Cuenta 75-025-KLM, si el contribuyente desea aceptar la Propuesta
de Declaración de Renta con devolución de impuesto, debe enviar el siguiente mensaje:
CP 123456789 SANTAND 75025KLM
Por otra parte, si la Propuesta de Declaración resulta
sin devolución de impuesto y sin impuesto a pagar
, y el contribuyente
acepta esta información, debe responder al número
7444
con el siguiente mensaje:
<CP> <RUT>
Ejemplo:
Para el RUT 12.345.678-9, si el contribuyente desea aceptar la Propuesta de Declaración de Renta sin devolución y sin impuesto
a pagar, debe enviar el siguiente mensaje:
CP 123456789
Al transmitirse el mensaje de confirmación, el SII le enviará un nuevo mensaje indicando que su Declaración de Renta ha sido
recibida.
Si usted desea tener su Certificado, podrá obtenerlo desde la Oficina Virtual del SII,
www.sii.cl
, seleccionando la opción
“Consultar Estado de Declaración”
.
(B)
Consulta de Declaración de Renta por SMS
Para que todo contribuyente pueda obtener en forma rápida y simple la información del Estado de su Declaración de Renta
vigente
, a contar del
domingo
01 de abril de 2012
el SII pondrá a su disposición dicha información, cuando el contribuyente lo
solicite, a través del sistema de mensajería de texto.
Para solicitar información del Estado de su Declaración de Renta, debe enviar el siguiente mensaje de texto a través del celular,
al número
7444
:
<CD> <RUT> <CLAVE SECRETA>
Ejemplo:
Para el RUT 12.345.678-9 y Clave Secreta en Internet aa11, se debe enviar el siguiente mensaje de texto, en el cual el RUT debe
registrarse sin puntos ni guión y la clave secreta debe digitarse distinguiendo mayúsculas, minúsculas y números (del mismo
modo que se emplea en Internet):
CD 123456789 aa11
Como respuesta a este mensaje, recibirá el estado en que se encuentra su Declaración de Renta (ejemplo: Declaración Aceptada)
y el estado de su devolución de impuestos, entre otros.
IV.-
PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES EN PAPEL
Se hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el Resolutivo N° 4 de la Resolución Exenta N° 11, del 04 de febrero de 2005,
las Instituciones Recaudadoras
sólo
podrán recibir declaraciones que resulten
con pago
de impuestos. Luego, si su Declaración
Anual de Impuestos a la Renta resulta
con remanente de crédito
o
sin impuesto a pagar
, deberá presentar su declaración
mediante transmisión electrónica de datos vía Internet
, ingresando al sitio web del Servicio
www.sii.cl
.
(A)
Características del Formulario de papel
El Formulario 22 de papel para el Año Tributario 2012 es de tamaño oficio y debe confeccionarse en forma legible.
El Formulario 22 no contiene copia. En su reemplazo, se hace entrega de un comprobante con firma y timbre
de la Institución Recaudadora Autorizada.
Además, presenta un formato en donde la sección “Remanente de Crédito” (Códigos 85, 86, 87, 301, 306 y 780)
aparece achurada, con el fin de invitar al contribuyente a presentar su Declaración de Renta electrónicamente,
conforme a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 11, del 04 de Febrero de 2005.
El Formulario 22 de papel requiere información que debe ser proporcionada siempre en
forma obligatoria
por todos los
contribuyentes, independiente del tipo de rentas o de los impuestos que se declaran. Se recalca especialmente aquélla que se
refiere a la identificación y domicilio del contribuyente, y al resultado obtenido en
la Línea 58,
circunstancia que se destaca en
una “
Nota
” al pie derecho de dicho formulario.
Dicho documento requiere información tanto en su anverso como en su reverso, la cual igualmente debe ser proporcionada por
el contribuyente en
forma obligatoria
, pero según el tipo de renta que declara.
Si se declaran impuestos de años anteriores al Año Tributario 2012, deberán utilizarse los Formularios 22 correspondientes a
los años tributarios que se declaran o asistir a la Unidad correspondiente a su domicilio para realizar la declaración en forma
electrónica.
(B)
Distribución del Formulario
Existirá una cantidad determinada de Formularios 22 en papel, disponibles en quioscos y en las Unidades del Servicio de
Impuestos Internos.
(C)
Confección del Formulario
Se debe registrar con especial cuidado y en
forma obligatoria
los antecedentes relativos a la identificación (Rol Único Tributario,
Apellido Paterno o Razón Social, Apellido Materno y Nombres) y domicilio (Calle, Número, Oficina o Departamento, Teléfono,
Fax, Correo Electrónico, Comuna y Región).
El domicilio debe corresponder al
domicilio vigente
, lo que permitirá que las comunicaciones que la Administración Tributaria
envíe sean recepcionadas oportunamente. La sección para registrar el domicilio se encuentra en el reverso del Formulario 22.
(D)
Número de ejemplares
La declaración se extenderá en
un solo ejemplar
, cuyo destino será para el Servicio de Impuestos Internos. Al Contribuyente
Declarante se le entregará un Comprobante, en el cual se indicará su Identificación, Folio de Declaración y el monto del impuesto
declarado, con firma y timbre de la Institución Recaudadora Autorizada.
(E)
Firma del Formulario
El Formulario debe ser firmado por el contribuyente o por el representante legal, cuando corresponda, anotando en este último
caso el nombre y N° de RUT en el espacio establecido para estos fines.
(F)
Presentación de la Declaración
(1)
Al momento de entregar el Formulario 22 en papel, se debe exhibir obligatoriamente la Cédula de Identidad o de
RUT del titular de la declaración.
(2)
No es necesario que el contribuyente vaya personalmente a entregar su declaración en papel, ya que otra persona
puede llevarla, siempre y cuando acompañe al Formulario 22 la Cédula de Identidad o de RUT del titular de la
declaración.
(3)
La Declaración de Impuestos con pago debe presentarse en las Instituciones Recaudadoras Autorizadas, cuya
nómina es la siguiente:
BANCOS QUE RECIBEN
DECLARACIONES CON PAGO
EN PAPEL
RBS ABNAMRO
BancoEstado
Banco Itaú
BBVA
BCI
BICE
Chile-Edwards
Citibank
CorpBanca
Scotiabank
Santander Santiago
Internacional
Security
The Bank of Tokio
Rabobank
HSBC Bank Chile
Otras Instituciones:
• SOCIEDAD DE RECAUDACIÓN Y PAGOS DE SERVICIOS LTDA. (SERVIPAG)
Tenga presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el Resolutivo N° 4 de la Resolución Exenta N° 11,
del 04 de febrero de 2005, las Instituciones Recaudadoras sólo podrán recibir declaraciones que
resulten con pago de impuestos.
(4)
Cuando se trate de declaraciones en
moneda extranjera
, éstas podrán ser presentadas a través de Internet.
NOTA
:
Tenga presente que, los contribuyentes que no se encuentren en condiciones de pagar los impuestos que arroje su Declaración
de Renta, podrán solicitar en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos, correspondiente a la jurisdicción de su domicilio, el
Pago Diferido de Impuesto.
Para ello, el contribuyente deberá efectuar la correspondiente solicitud mediante la presentación del Formulario 2117, consignando
el monto de impuesto que desea
diferir
. Dicho monto deberá ser autorizado por el Director Regional respectivo, para luego ser
ingresado a los sistemas del SII. Además: