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Marzo de 2014
(*) Renta Imponible es igual al 80% de los honorarios percibidos anuales actualizados.
Para mayor información consulte en www.sii.cl, menú Normativa y Legislación, donde
encuentra las instrucciones sobre la materia:
• Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 42, N° 2.
• Circular N° 21, de 1991, sobre Tributación Aplicable a los Profesionales.
• Circular N° 36, de 1993, Tributación que afecta a los Peluqueros.
• Circular N° 60, de 2007, Tratamiento Tributario de las Remuneraciones Percibidas por los
trabajadores de Artes y Espectáculos y los Prácticos de Puertos y Canales Autorizados por la
Dirección del Litoral y de la Marina Mercante.
• Circular N° 51, de 2008, sobre Modificaciones Introducidas a los Artículos 42 bis, 42 ter y 50
de la LIR (Ahorro Previsional).
• Ley N° 20.255, de 2008, que establece Reforma Previsional.
• O bien, www.sii.cl, Menú Boleta de Honorarios / Cotizaciones Previsionales.
Ejemplo N° 2.1: Sólo rentas por honorarios de un profesional o
persona que desarrolla una ocupación lucrativa y emite boletas
de honorarios.
considere:
a. Si este es su caso, recuerde que en www.sii.cl el SII pone a su disposición una propuesta
de declaración de renta, en base a lo declarado por sus agentes retenedores. Si luego de
revisarla Ud. está de acuerdo con la propuesta de Internet, podrá aceptarla y enviarla por ese
mismo medio (más información en sección IV y V).
Si no está de acuerdo con su propuesta, comuníquese con su(s) Agente(s)
Retenedor(es). Asegúrese de que éste rectifique los montos correctos y en 48 horas
tendrá una nueva propuesta.
b. Si usted desea declarar mediante formulario en pantalla, o hacer modificaciones a su
propuesta de declaración, lo invitamos a leer el siguiente ejemplo, que muestra el caso de
un profesional o persona que desarrolla una ocupación lucrativa, que percibe sólo rentas por
honorarios y emite boletas de honorarios.
RECUERDE LAS INSTRUCCIONES QUE DEBE TENER PRESENTE AL DECLARAR POR
PANTALLA O MODIFICAR LA PROPUESTA DE DECLARACION
(Ver información en sección IV y V)
EJEMPLO NUMÉRICO
ANTECEDENTES
> Una persona emitió durante 2013 sólo dos Boletas de Honorarios, emitidas y pagadas en
noviembre 2013 por montos brutos de $ 150.000 y $ 200.000 cada una.
> La empresa receptora de la boleta retuvo el 10%, equivalentes a $ 35.000.
> Se consideran los datos ya actualizados al 31.12.2013.
> Para efectos previsionales, la persona no se encuentra afiliada al sistema de pensiones,
por lo cual, deberá cotizar en la AFP Adjudicataria, que para el año 2013 es la AFP Modelo.
Se encuentra afiliada a Mutual de Seguridad, donde no registra pagos de cotizaciones en el
año, y su tasa adicional diferenciada informada es del 0%. No registra pagos provisionales de
cotizaciones (PPC) y tampoco causantes de asignación familiar.
DESARROLLO
En este caso, deberá completar la información de los códigos que se indican en el
Recuadro N° 1 Honorarios, del
Formulario N° 22 de Renta:
Las rentas determinadas no se encuentran afectas al Impuesto Global Complementario, por
no exceder al monto afecto de $ 6.605.064, correspondiente a 13,5 UTA según la tabla de
Impuesto Global Complementario vigente para el año tributario 2014 (Ver tabla en sección VI)
Para determinar la base imponible afecta a descuentos previsionales, multiplicamos los hono-
rarios brutos, es decir, los $350.000 por 80%, cuyo resultado es $280.000. Ya que este valor
es superior a 1 Ingreso Mínimo Mensual ($210.000), procedemos a multiplicar por 70%, de
acuerdo a cronograma de cotizaciones previsionales, los que nos da como resultado una renta
imponible del período de $196.000.
Si aplicamos los factores previsionales sobre la renta imponible del período, obtenemos lo
siguiente:
Fondo de Pensiones (10%)
$19.600
Comisión AFP Modelo (0,77%)
$ 1.509
SIS (1,26%)
$ 2.470
Accidentes del Trabajo (0,95%)
$ 1.862
Total a cotizar
$25.441
En resumen, las líneas y códigos de la declaración de impuesto anual a la renta, serían: