SISTEMAS SOLARES TÉRMICOS (SST)


En esta página el Servicio de Impuestos Internos pone a su disposición información sobre SST.

El 24 de agosto de 2010 entró en vigencia el crédito tributario para las empresas constructoras que instalen sistemas solares térmicos en las viviendas de uso habitacional que construyan, de acuerdo a lo establecido en la Ley N°20.365, publicada el 19 de agosto de 2009, y su Reglamento, contenido en Decreto Supremo 331, de 26 de mayo de 2010.

Franquicia Sistemas Solares Térmicos

Declaración jurada 1808

Ayudas

 

 

 

 

 

 

¿Qué es?

Es una franquicia tributaria que permite a las empresas constructoras acceder a un crédito equivalente a un porcentaje del costo del sistema solar térmico más el valor de instalación según el valor de la vivienda, normado por la Ley N° 20.365.

 

¿Cómo Opera?

El beneficio potencial se establece por Tramos definidos según precio de construcción* de las viviendas. Los tramos son los siguientes:

TRAMOS DESCRIPCIÓN DEL TRAMO % DE BENEFICIO
(según tramos)
TRAMO 1 Precio de construcción menor o igual a 2.000 UF 100%
TRAMO 2 Precio de construcción superior a 2.000 UF y menor a igual a 3.000 UF 40%
TRAMO 3 Precio de construcción superior a 3.000 UF y menor o igual a 4.500 UF 20%
TRAMO 4 Precio de construcción superior a 4.500 UF 0%

*Precio de construcción incluye el costo del terreno

 

Imputación del crédito por SST

El beneficio determinado se debe imputar conforme a las siguientes normas:

 

Requisitos

 

Preguntas frecuentes

 

Normativa vigente