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Ediciones Especiales
diciembre de 2013
28
Código
Descripción
1
Relación de propiedad:
- Declarante es matriz o tiene el 50% o más de la propiedad de la Contraparte
- Declarante es filial o la Contraparte tiene el 50% o más de su propiedad
- Declarante es agencia o establecimiento permanente
- La Contraparte es agencia o establecimiento permanente
- Declarante es coligante o tiene el 10% o más y menos del 50% de la propiedad de la Contraparte
- Declarante es coligada o la Contraparte tiene el 10% o más y menos del 50% de su propiedad
- Declarante tiene participación directa en el capital o en las utilidades de la Contraparte, menor al 10%
- Declarante tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades de la Contraparte, menor al 10%
- Contraparte tiene participación directa en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%
- Contraparte tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%
- Declarante es controlador
- Declarante es controlada
- Ambas partes se encuentran directamente bajo la dirección, control o capital de una misma per- sona o entidad
- Ambas partes se encuentran indirectamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad
2
Participación en la dirección o administración:
- Declarante tiene participación directa en la dirección o administración de la Contraparte
- Declarante tiene participación indirecta en la dirección o administración del Contraparte
- Contraparte tiene participación directa en la dirección o administración del Declarante
- Contraparte tiene participación indirecta en la dirección o administración del Declarante
3
Otros tipos de relación:
- Contrato de exclusividad
- Acuerdo de actuación conjunta
- Tratamiento preferencial
- Dependencia financiera o económica
- Depósito de confianza
4
Contraparte se encuentra constituida en un país o territorio considerado paraíso tributario (lista de
D.S. N° 628, de 2003, del Ministerio de Hacienda)
99
No hay relación
En la columna “Modalidad de Contratación”, se deberá indicar si el derivado informado corresponde a una operación
“Over the counter” o dentro de bolsa, de acuerdo a los siguientes Códigos:
Código
Descripción
1
Derivado contratado en bolsa de valores nacional, reconocida por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
2
Derivado contratado en bolsa extranjera afiliada a la Organización Internacional de Comisiones de Valores
(
International Organization of Securities Commissions
, IOSCO).
3
Derivado contratado con la intervención de agentes o corredores autorizados en mercados organizados, siempre que
se encuentren sujetos al control o supervigilancia de la SVS o de algún organismo de similar competencia a dicha
superintendencia en su respectiva jurisdicción, y que este órgano, a su vez, constituya un miembro afiliado a IOSCO.
4
Derivado contratado fuera de bolsas de valores en conformidad a modelos de contratos contenidos en acuerdos
marco elaborados por asociaciones privadas o públicas extranjeras o internacionales, de carácter financiero
o bancarias, y que se utilicen en forma habitual en operaciones financieras con derivados en los mercados
internacionales.
5
Derivado contratado fuera de bolsas de valores, mediante confirmaciones que hagan referencia a los modelos de
contratos señalados en el código 4 anterior.
6
Otra modalidad de contratación, distinta a las señaladas en los números anteriores.
La sección “Acuerdo Marco”, deberá ser completada en la medida que exista dicho tipo de acuerdo y en los demás
casos, esta sección deberá quedar en blanco. Para estos efectos, se entenderá por Acuerdo Marco, el acuerdo o
contrato en que se establecen las condiciones generales por las que se regirán las operaciones de derivados que se
materialicen a través de contratos específicos o confirmaciones.
En la columna “Tipo” se deberá indicar código:
Código
Descripción
1
Condiciones Generales de Contratos de Derivados en el Mercado Local
2
Contrato Marco de la International Swap and Derivatives Association (ISDA)
3
Otros contratos marco
En la columna “Número” se deberá indicar el número interno asignado por el Declarante al contrato marco. Este
número deberá mantenerse para todas las operaciones de derivados que se rijan por este contrato marco.
En la columna “Fecha de Suscripción” se deberá señalar la fecha de suscripción del contrato marco.
En la sección “Contrato/Confirmación” se deberán informar las operaciones de derivados realizadas en el mes
informado, incluso aquellas que fueron anuladas, de acuerdo a lo siguiente:
En la columna “Número/Identificador” se deberá indicar un identificador único y correlativo para cada contrato
confirmación informado, el que deberá contener solo caracteres numéricos. Este identificador se deberá mantener en
todas las informaciones posteriores que se hagan del contrato, ya sea por modificaciones, cesiones o su liquidación.
En la columna “Fecha de Suscripción” se deberá señalar la fecha de suscripción del contrato/confirmación. En el caso
de los registros que correspondan a la modificación o cesión de un contrato, se deberá señalar la fecha de modificación
o cesión del contrato/confirmación.
En la columna “Evento informado” se deberá seleccionar el Código que describa, de acuerdo a la tabla adjunta, la
situación del contrato derivado que se está informando:
Código
Descripción
1
Suscrito
2
Modificado / Recouponing
3
Cedido
4
Liquidado
5
Vencido
En caso que el derivado informado haya sufrido más de una modificación o haya sido cedido más de una vez durante
el periodo tributario informado, dichas modificaciones o cesiones deberán ser informadas en un registro separado, de
acuerdo a lo señalado en el punto 1.4. de las presentes instrucciones
En la columna “Tipo de Contrato” se deberá indicar el tipo de instrumento derivado contenido en el contrato/confirmación
que se está informando, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2° de la Ley N° 20.544, según la siguiente tabla de
códigos:
Código
Descripción
1
Forward
2
Futuro
3
Swap
4
Cross Currency Swap
5
Credit Default Swap
6
Opción Call Americana
7
Opción Put Americana
8
Opción Call Europea
9
Opción Put Europea
10
Opción Call Asiática
11
Opción Put Asiática
12
Otros derivados incluidos en el N° 2 del artículo 2°, de la Ley 20.544, de 2011
13
Otros derivados incluidos en el N° 3 del artículo 2°, de la Ley 20.544, de 2011
14
Otros (indicar nombre del instrumento)
En la columna “Nombre del Instrumento”, cuando en el campo anterior “Tipo de Contrato” se hubiese indicado el
Código 12, 13 o 14, en este campo se deberá ingresar, sin la letra “ñ”, caracteres simbólicos ni acentos, el nombre o
descripción del contrato de derivados que se informa. En los demás casos, este campo deberá quedar en blanco.
En la columna “Modalidad de cumplimiento”, se deberá indicar la modalidad de pago estipulada en el contrato/confirmación,
según los siguientes códigos:
Código
Descripcion
1
Compensación
2
Entrega física
En la columna “Posición del Declarante”, se deberá indicar el código que corresponda a la posición adoptada por el
Declarante en el contrato/confirmación informado. Indicar “Venta” si el Declarante se compromete a vender el activo
subyacente contratado, o bien, indicar “Compra”, si el Declarante se compromete a comprar el activo subyacente
contratado.
Código
Descripción
1
Venta
2
Compra
En el caso de que en la columna “Tipo de Contrato” se informe el código 3 (swap), dejar este campo en blanco.
Completar la sección “Activo Subyacente” según lo siguiente:
En la columna “Tipo” se deberá indicar el activo subyacente del contrato según la siguiente tabla:
Código
Descripción
1
Moneda
2
Tasa de interés
3
Producto Básico / Commodity
4
Unidad de Fomento
5
Acciones
6
Índice bursátil
7
Otros (especificar)
En la columna “Código” indicar el código asociado a cada activo subyacente según lo siguiente:
a) En el caso de haber indicado Tipo “Moneda”, se deberá informar el código de moneda del subyacente de acuerdo a
la codificación publicada en la tabla Código monedas indicada en el Suplemento de declaraciones juradas.
b) En el caso de informar operaciones sobre “Tasa de interés” se deberá indicar el código que corresponda de la
siguiente tabla, según se trate de una tasa de interés pactada fija o variable
Código
Descripción
1
Fija
2
Variable
c) “Producto Básico”: en el caso que el subyacente informado corresponda a un producto básico, éste se deberá especificar,
según la siguiente codificación:
Código
Descripción
1
Cobre
2
Oro
3
Plata
4
Zinc
5
Plomo
6
Aluminio
7
Níquel
8
Petróleo
9
Gas Propano
10
Jet Fuel 54
11
Heating Oil
12
Oil Wti
13
Fuel Oil 3.5
14
Otros (especificar)
La columna “
Otros (especificación)
” deberá ser completada de acuerdo a lo siguiente:
a)
En el caso de haber indicado “Otros” en la columna “Tipo” de activo subyacente, se deberá ingresar
sin la letra “ñ”, caracteres simbólicos ni acentos, el nombre del activo subyacente del contrato derivado
que se está informando.
b)
En el caso que el declarante informe operaciones sobre tasa de interés variable, se deberá indicar el
nombre de dicha tasa según la siguiente tabla:
Código
Descripción
1
EURIBOR 1 MES
2
EURIBOR 3 MESES