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Ediciones Especiales
diciembre de 2013
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El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos que se está informando a través de
la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionara de acuerdo con lo prescrito en el
Artículo 97 N° 15 del Código Tributario.
5.22
Declaración Jurada N° 1835
Declaración Jurada Anual sobre Bienes Raíces No Agrícolas Arrendados.
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1835
1 . La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los corredores de propiedades y las personas que
hubieren entregado en arriendo por cuenta de terceros Bienes Raíces No Agrícolas, cuyo avalúo fiscal, de cada uno
de ellos, sea igual o superior a $ 30.000.000, y sólo en los casos en que la participación del corredor o intermediario
haya comprendido la administración del respectivo contrato de arrendamiento. Tales contribuyentes deberán informar
sobre todas las propiedades entregadas en arriendo durante el año calendario anterior, ya sea que el arriendo abarque
el año completo o sólo una parte de él.
También se encuentran obligados a presentar esta Declaración Jurada, los contribuyentes de la Primera Categoría a
que se refiere el Artículo 20 de la Ley de la Renta, que para el desarrollo de su actividad hayan tomado en arriendo
Bienes Raíces No Agrícolas cuyo avalúo fiscal, de cada uno de ellos, sea igual o superior a $ 30.000.000, siempre que
el respectivo contrato de arrendamiento haya sido suscrito directamente por el contribuyente de la Primera Categoría
y no por un corredor de propiedades u otra persona que actúe como arrendador en virtud de un mandato. Tales
contribuyentes deberán informar sobre todas las propiedades que hubiesen tomado en arrendamiento durante el año
calendario anterior, ya sea que el arriendo abarque el año completo o sólo una parte de él.
Para los fines de esta Declaración Jurada no deben considerarse las propiedades cuyo uso haya sido transferido por
medio de contratos Leasing.
La información del Avalúo Fiscal del Bien Raíz podrá obtenerla a través del sitio Web del SII (www .sii .cl), en la opción
de “Consulta y Certificados de Avalúo”, dentro del menú de Bienes Raíces.
Con la información de la dirección y comuna del Bien Raíz, podrá obtener el Rol de la propiedad a través del sitio Web
dela Tesorería General de la República (www .tesoreria .cl), en la opción de “Contribuciones”.
Se debe identificar el “Tipo de Declarante” (Arrendatario del Bien Raíz o Corredor de Propiedades o Intermediario),
marcando la opción correspondiente.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (ARRENDATARIOS DE BIENES RAÍCES, CORREDORES DE
PROPIEDADES O INTERMEDIARIOS)
Registre claramente los datos relativos a la individualización y domicilio del declarante, según se trate del Arrendatario
o bien del Corredor de Propiedades o Intermediario, indicando su N° de RUT, nombre o razón social, domicilio postal,
comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número
incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS BIENES RAÍCES Y DE SUS PROPIETARIOS O USUFRUCTUARIOS
Columna “N°”: Registre el número correlativo de los Bienes Raíces que se informa. Columna “Rol del Bien Raíz”: Anote
el número de Rol de Avalúo del Bien Raíz arrendado.
Columna “Comuna de la Propiedad”: En esta columna se debe indicar el código y el nombre de la comuna a la que
pertenece el Bien Raíz.
Columna “RUT Propietario o Usufructuario del Bien Raíz”: Indique el N° de RUT del propietario o usufructuario del Bien
Raíz, según corresponda. En caso de tratarse de una sucesión o de comunidades que no hayan efectuado el trámite
de obtención del RUT, se debe informar el RUT del propietario que figure en el contrato de arriendo. En caso que figure
más de un propietario, se debe informar cada uno de ellos en registros separados, con la misma información del Rol,
período y monto del arriendo. En los casos de subarrendamiento, se debe informar como RUT del Propietario a quien
realiza el subarrendamiento (quien figura en el contrato).
Columna “RUT Arrendatario”: Sólo en los casos en que la Declaración Jurada sea presentada por un Corredor de
Propiedades o bien por un intermediario que entrega en arriendo propiedades por cuenta de terceros, se deberá indicar
el N° de RUT del arrendatario del bien raíz.
Columna “Monto Arriendo”: Indique el monto del arriendo (en pesos) pagado o adeudado durante el año o parte de
él. El monto del arriendo deberá incluir el valor del IVA en los casos que corresponda. Los montos deben informarse
debidamente actualizados utilizando los factores de actualización correspondientes.
Columna “Período al Cual Corresponde el Arriendo”: Se debe marcar con una “X” el o los períodos a los cuales
corresponde el “Monto de Arriendo” que se informa.
Columna “Amoblado”: Indique si el arriendo del Bien Raíz corresponde a inmuebles sin amoblar, o bien, a inmuebles
amoblados o con instalaciones y/o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial,
indicando:
1 :
Cuando corresponda a inmuebles sin amoblar; ó
2 :
Cuando corresponda a inmuebles amoblados o con instalaciones y/o maquinarias que permitan el
ejercicio de alguna actividad comercial o industrial.
Columna “Destino del Arriendo del Bien Raíz”: Indique el destino que el arrendatario le haya dado al Bien Raíz
arrendado. En caso de que el declarante de la Declaración Jurada sea un Corredor de Propiedades, deberá informar
el destino estipulado en el contrato de arrendamiento. Para tales efectos, indique:
1 :
Si el destino es Habitacional.
2 :
Si el destino es Comercial.
3 :
Si el destino es Estacionamiento.
4 :
Si el destino es Bodega.
5 :
Si el destino es Habitacional y Comercial.
6 :
Otro destino.
Columna “DFL N° 2”: Indique si el Bien Raíz tiene carácter DFL N° 2, marcando con una “X” en la columna DFL N° 2.
En caso contrario, deje en blanco.
4 . CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de registros que se informa, el que debe coincidir
con el último número registrado en la primera columna.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el
N° 15 del Artículo 97 del Código Tributario.
5.23.
Declaración Jurada N° 1836
Declaración Jurada Anual sobre Transferencias de Caballos de Fina Sangre y Caballos Chilenos.
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INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1836
1 . La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los Criaderos de Caballos de Fina Sangre y Caballos
Chilenos, Hipódromos, Comercializadores de Caballos de Fina Sangre y Caballos Chilenos y todo aquel contribuyente,
que durante el año calendario haya realizado operaciones de venta de Caballos de Fina Sangre o de Caballos
Chilenos, o bien, Empresas Comisionistas que hayan participado por cuenta de terceros como intermediarios en dichas
operaciones. A la misma obligación quedará sujeto el Club Hípico de Santiago y todas aquellas organizaciones o
instituciones que lleven un registro de las transferencias y/o propiedad de Caballos de Fina Sangre y de Caballos
Chilenos. En caso de que estas Instituciones no participen en las operaciones de venta de los mencionados animales,
y sólo lleven un registro de las transferencias y/o propiedad de ellos, no estarán obligados a declarar el monto de la
operación, el monto pagado al contado, ni la información de los documentos asociados a la operación de venta.
Aquellos contribuyentes que hayan efectuado la operación de venta a través de una Comercializadora de Caballos o
Empresa Comisionista, quedarán eximidos de la obligación de presentar la Declaración Jurada, recayendo la obligación
en la Comercializadora o Empresa Comisionista que haya actuado como intermediaria en la venta de los animales.
Se debe identificar el “Tipo de Declarante” (Clubes Hípicos o Hipódromos, Criaderos de Caballos, Comercializadoras
de Caballos, Empresas Comisionistas o Particulares y Otros), marcando la opción correspondiente.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (CLUBES HÍPICOS, HIPÓDROMOS, COMERCIALIZADORAS
DE CABALLOS DE FINA SANGRE Y CABALLOS CHILENOS, EMPRESAS COMISIONISTAS, CRIADEROS DE
CABALLOS DE FINA SANGRE Y CABALLOS CHILENOS Y PROPIETARIOS EN GENERAL)
Registre claramente los datos relativos a la individualización y domicilio del declarante, indicando el N° de RUT, nombre
o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos
casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS OPERANTES Y LAS TRANSFERENCIAS REALIZADAS
Columna “N°”: Registre el número correlativo de las operaciones que se informan.
Columna “RUT Vendedor”: Se debe anotar el N° de RUT de quien vende el caballo de fina sangre o caballo chileno. En
caso de que exista más de un vendedor en una misma operación, se deberá informar a todos los vendedores, usando
para cada caso un nuevo registro, repitiendo los campos que correspondan.
Columna “RUT Comprador”: Se debe anotar el N° de RUT de quien realiza la operación de compra del caballo de fina
sangre o caballo chileno. En caso de que exista más de un comprador en una misma operación, se deberá informar a
todos los compradores.
Columna “Monto Operación”: Se debe indicar el monto pagado por la transferencia respectiva. En caso que el
comprador sea más de una persona, se deberá indicar en registros separados el monto efectivamente cancelado por
cada una de ellas. Los montos deben informarse en pesos chilenos ($).
Columna “Monto Pagado al Contado”: Se debe indicar el monto pagado al contado por la transferencia respectiva. En
caso que el comprador sea más de una persona, se deberá indicar en registros separados el monto efectivamente
pagado al contado por cada una de ellas. Los montos deben informarse en pesos chilenos ($).
Columna “Tipo de Caballo”: En esta columna se debe indicar el tipo de caballo transferido en la operación, según
corresponda:
1 :
Caballo de Fina Sangre
2 :
Caballo Chileno