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Ediciones Especiales
diciembre de 2013
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o de Identificación que tiene la empresa o sociedad en el país extranjero.
• Columna “Código País de Residencia”: Indicar la sigla del país en el cual se encuentra constituida la empresa o
sociedad en la cual se poseen derechos sociales o acciones, de acuerdo a la lista que aparece en este Suplemento
(Anexo A, Punto 7.2).
• Columna “Tipo de Relación”: Indicar el código correspondiente al tipo de relación existente, o la de mayor
preponderancia, entre el Declarante y la sociedad receptora de la inversión, de ahora en adelante la “Empresa”,
donde las alternativas son:
11:
Empresa es matriz o tiene el 50% o más de la propiedad del Declarante.
12: Empresa es filial o Declarante tiene el 50% o más de su propiedad.
15: Empresa es coligante o tiene el 10% o más y menos del 50% de la propiedad del Declarante.
16: Empresa es coligada o Declarante tiene el 10% o más y menos del 50% de su propiedad.
17: Empresa tiene participación directa en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%.
18: Empresa tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades del Declarante, menor al 10%.
19: Declarante tiene participación directa en el capital o en las utilidades de la Empresa, menor al 10%.
20: Declarante tiene participación indirecta en el capital o en las utilidades de la Empresa, menor al 10%.
31: Empresa tiene participación directa en la dirección o administración del Declarante.
32: Empresa tiene participación indirecta en la dirección o administración del Declarante.
33: Declarante tiene participación directa en la dirección o administración de la Empresa.
34: Declarante tiene participación indirecta en la dirección o administración de la Empresa.
35: Empresa es controlador.
36: Empresa es controlada.
41: Ambas se encuentran directamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad.
42: Ambas se encuentran indirectamente bajo la dirección, control o capital de una misma persona o entidad.
51: Contrato de exclusividad.
52: Acuerdo de actuación conjunta.
53: Tratamiento preferencial.
54: Dependencia financiera o económica.
55: Depósito de confianza.
56: Empresa se encuentra constituida en un país o territorio considerado paraíso tributario (lista de D.S. N° 628 de
2003 del Ministerio de Hacienda).
Columna “Antecedentes de las Inversiones”:
• Columna “Tipo de Inversión”: Indicar el tipo de inversión de que se trata, esto es: (1) Derechos sociales, (2)
Acciones, (3) Otro tipo de participación en sociedades constituidas en el extranjero.
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Realizada Durante el Ejercicio”: Indicar el monto correspondiente a
la inversión realizada en el ejercicio, debidamente actualizada al 31 de diciembre, de acuerdo con lo que al efecto
dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4 de este mismo
texto legal.
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Acumulada al 31 de Diciembre”: Indicar el monto correspondiente a
la inversión acumulada al 31 de diciembre, debidamente actualizada a la misma fecha, de acuerdo con lo que al
efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4 de este
mismo texto legal.
Columna “Resultado de las Inversiones”: En el caso de contribuyentes obligados a llevar contabilidad o que han optado
por llevarla, las utilidades percibidas deben ser declaradas en sus montos históricos, como ingresos brutos a la fecha
de su percepción.
En el caso de contribuyentes no obligados a llevar contabilidad, los montos deben ser actualizados por la Variación del
Índice de Precios al Consumidor (VIPC) existente entre el último día del mes anterior al de su percepción y el último
día del mes anterior al del cierre del ejercicio respectivo.
• Columna “Dividendos o Retiros Percibidos”: Indicar el monto total de los dividendos percibidos durante el
ejercicio.
• Columna “Utilidad o Pérdida Obtenida en la Enajenación de Acciones o Derechos Sociales”: Indicar el monto
total de la utilidad o pérdida obtenida en las enajenaciones de derechos sociales o acciones realizadas durante el
ejercicio. Si el resultado es negativo, anótelo entre paréntesis.
Columna “Impuestos Pagados en el Extranjero”:
• Columna “Impuesto a la Remesa en el extranjero”: Registre el monto de impuesto que efectivamente haya pagado
en el extranjero por la utilidad obtenida en la enajenación de acciones o derechos sociales y/o por la percepción
de dividendos o retiros efectuados. En el caso de impuestos mensuales, incluir la suma actualizada de dichos
impuestos durante el año.
• Columna “Impuesto a nivel de la empresa extranjera”: Registre el monto de impuesto que efectivamente haya
soportado o pagado en el extranjero la empresa extranjera fuente del dividendo o retiro de que se trate, de acuerdo
a las normas establecidas en los artículos 41A y 41C de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
En caso de crédito unilateral (sin convenio), si el impuesto soportado o pagado en el extranjero es igual o superior al
impuesto de Primera Categoría en esta columna se debe registrar valor cero.
Columna “Tope Crédito por Impuestos pagado en el Extranjero”
• Columna “Tope Crédito por Impuestos pagado en el Extranjero”, Registre para cada tipo de renta el monto de
crédito máximo a imputar en Chile, de acuerdo a los dispuesto en los artículos 41A y 41C de la Ley sobre Impuesto
a la Renta y/o el Convenio respectivo, en el caso que en éste se hubiese establecido una tasa máxima igual o
inferior al 30%, como impuesto aplicable en el Estado de la fuente, se deberá anotar el monto que resulte de aplicar
a la renta percibida dicha tasa.
En el caso de rentas de fuente extranjera con tributación exclusiva en el país de origen, se debe registrar en esta
columna valor cero.
4. Sección C: APLICACIÓN DEL CRÉDITO Y RESUMEN DE LA DECLARACIÓN
En esta Sección, el declarante debe registrar la aplicación de los créditos establecidos en los Artículos 41A y 41C de
la Ley de Impuesto a la Renta.
Columna “Aplicación de Créditos Sin Convenio de Doble Tributación”:
Columna “Total de Tope Crédito del Ejercicio”: Registre el monto total de créditos por impuestos pagados en el extranjero
obtenidos durante el ejercicio anterior, con el tope que corresponda para cada renta, de acuerdo a lo informado en la
Columna “Tope Crédito por Impuestos pagados en el Extranjero”.
• Columna “Imputado a 1ª Categoría”: Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el
ejercicio, al Impuesto de Primera Categoría.
• Columna “Transferido al Impuesto Global Complementario o Adicional de los Empresarios, Socios o Accionistas”:
Registre el monto del crédito externo que se traspasó como crédito en contra del Impuesto Global Complementario
del empresario, socio o accionista de la empresa inversionista
Columna “Aplicación de Créditos Con Convenios de Doble Tributación”:
• Columna “Total de Tope Crédito del Ejercicio”: Registre el monto total de créditos obtenidos durante el ejercicio
anterior, por impuestos pagados en el extranjero, en países con los cuales Chile posee convenios para evitar la
doble tributación, con el tope de 30% de acuerdo a lo establecido en el Art. 41C.
• Columna “Imputado a 1ª Categoría”: Registre el monto del crédito externo, efectivamente imputado durante el
ejercicio, al Impuesto de Primera Categoría.
• Columna “Transferido al Impuesto Global Complementario o Adicional de los Empresarios, Socios o Accionistas”:
Registre el monto del crédito externo que se traspasó como crédito en contra del Impuesto Global Complementario
del empresario, socio o accionista de la empresa inversionista.
Columna “Antecedentes de la Inversión”:
• Columna “Monto Actualizado de la Inversión Realizada Durante el Ejercicio”: Indicar el monto correspondiente a la
suma total de la inversión realizada en el ejercicio, debidamente actualizada al 31 de diciembre, de acuerdo con lo
que al efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en conformidad a lo señalado por el Art. 41B N° 4
de este mismo texto legal.
• Columna “Monto Actualizado de Inversión Acumulada al 31 de Diciembre”: Indicar el monto correspondiente a la
suma total de la inversión acumulada al 31 de diciembre, debidamente actualizada a la misma fecha, de acuerdo
con lo que al efecto dispone el Art. 41° N° 4 de la Ley de la Renta, ello en conformidad a lo señalado por el Art. 41B
N° 4 de este mismo texto legal.
Columna “Resultado de las Inversiones”:
• Columna “Dividendos o Retiros Percibidos”: Indicar el monto correspondiente a la suma total de los dividendos o
retiros percibidos durante el ejercicio.
• Columna “Utilidad o Pérdida Obtenida en la Enajenación de Acciones o Derechos Sociales”: Indicar el monto
correspondiente a la suma total de la utilidad o pérdida obtenida en las enajenaciones de derechos sociales o
acciones realizadas durante el ejercicio.
Columna “Impuestos pagados en el extranjero”:
• Columna “Total Impuesto a la Remesa en el extranjero”: Registre el monto correspondiente a la suma total de
impuesto que efectivamente haya pagado en el extranjero por la utilidad obtenida en la enajenación de acciones
o derechos socia- les y/o la percepción de dividendos o retiros efectuados. En el caso de impuestos mensuales,
incluir la suma actualizada de dichos impuestos durante el año.
• Columna “Total Impuesto a nivel de la empresa extranjera”: Registre el monto correspondiente a la suma total de
impuesto que efectivamente haya soportado o pagado en el extranjero la empresa extranjera fuente del dividendo
o retiro de que se trate, de acuerdo a las normas establecidas en los artículos 41A y 41C de la Ley sobre Impuesto
a la Renta.
Columna “Total Tope Crédito por Impuesto pagado en el Extranjero”,
• Registre la suma total del monto de crédito máximo a imputar en Chile, de acuerdo a los dispuesto en los artículos
41A y 41C de la Ley sobre Impuesto a la Renta y/o el Convenio respectivo, en el caso que en éste se hubiese
establecido un tasa máxima inferior al 30%, como impuesto aplicable en el Estado de fuente, se deberá anotar el
monto resulte de aplicar a la renta percibida dicha tasa.
Columna “Total de Casos Informados”: Corresponde al número total de los casos que se está informando a través de
la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
5.38.
Declaración Jurada N° 1852
Declaración Jurada Anual sobre Agencias o Establecimientos Permanentes en el Exterior.
Declaración Jurada Anual sobre Agencias o Establecimientos Permanentes en el Exterior
FOLIO
AÑO TRIBUTARIO AÑO 20____
TELEFONO
C0
C7
C11
C12
C13
C1
F1852
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
ROL UNICO TRIBUTARIO
DOMICILIO POSTAL
COMUNA
RAZON SOCIAL
CORREO ELECTRONICO
FAX
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS ( Antecedentes sobre el monto de la inversión y de las empresas o sociedades receptoras de la inversión)
ANTECEDENTES DE LAS AGENCIAS O ESTABLECIMIENTOS
PERMANENTES RECEPTORES DE LA INVERSIÓN
ANTECEDENTES DE LA INVERSIÓN
RESULTADOS DEL PERIODO
AGREGADOS A LA
RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
IMPUESTO PAGADO
AGREGADOS Y DEDUCCIONES DEL PERIODO
C9
C10
Nº NOMBREO RAZÓN SOCIAL
TAX – ID
CÓDIGO PAÍS DE
RESIDENCIA
MONTO ACTUALIZADO
DELA INVERSIÓN
REALIZADA DURANTE
EL EJERCICIO
MONTO
ACTUALIZADO DE LA
INVERSIÓN
ACUMULADA AL 31
DEDICIEMBRE
UTILIDAD O PÉRDIDA
PERCIBIDA O
DEVENGADA
DURANTEEL
EJERCICIO
INGRESOS DEL
GIRO PERCIBIDOS
O DEVENGADOS
COSTO DIRECTO
BIENES Y SERVICIOS
INTERESES DEL PERIODO
C2
C3
C4
C5
OTROS INGRESOS
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
OTROS GASTOS
DEDUCIDOS DELOS
INGRESOS BRUTOS
INTERESES
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
INTERESES PAGADOS
O ADEUDADOS
C6
RUT REPRESENTANTE LEGAL
C28
C30
SIN CONVENIO DEDOBLE
TRIBUTACIÓN
CON CONVENIOS DEDOBLE TRIBUTACIÓN
TOTAL DE
TOPEDE
CREDITO DEL
EJERCICIO
IMPUTADO A 1°
CATEGORÍA
TOTAL DE
TOPEDE
CRÉDITO DEL
EJERCICIO
IMPUTADO A 1°
CATEGORÍA
TRANSFERIDO AL
IMPTO. GLOBAL
COMPLEMENTARIO O
ADICIONAL DE LOS
EMPRESARIOS, SOCIOS
O ACCIONISTAS
MONTO
ACTUALIZADO DE LA
INVERSIÓN
REALIZADA DURANTE
EL EJERCICIO
MONTO
ACTUALIZADO DE
LA INVERSIÓN
ACUMULADA AL
31 DEDICIEMBRE
UTILIDAD O PÉRDIDA
PERCIBIDA O
DEVENGADA DURANTE
EL EJERCICIO
TOTAL DECASOS
INFORMADOS
C33
C31
C15
C16
C17
C18
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTEDOCUMENTO SON LA EXPRESION FIEL DE LA VERDAD, POR LO QUEASUMO LA RESPONSABILIDAD CORRESPONDIENTE
COSTO
DIRECTO
BIENES Y
SERVICIOS
TOPECREDITO POR
IMPUESTO PAGADO
O ADEUDADO ENEL
EXTRANJERO
C34
IMPUESTO ADEUDADO
IMPUESTOS EN EL EXTRANJERO
C36
INGRESOS DEL
GIRO PERCIBIDOS
O DEVENGADOS
C20
C21
Sección C: APLICACIÓN DEL CREDITO YRESUMEN DE LA DECLARACIÓN
APLICACIÓN DECRÉDITOS
ANTECEDENTES DE LA INVERSIÓN
RESULTADOS OPERACIONALES
DEL PERIODO
RESULTADOS NO OPERACIONALES
DEL PERIODO
INTERESES DEL PERIODO
INTERESES
PAGADOS O
ADEUDADOS
IMPUESTOS EN EL EXTRANJERO
IMPUESTO
ADEUDADO
C37
DEDUCCIONES A
LA RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
C14
C32
C8
GASTOS
RECHAZADOS
AFECTOS AL ART. 21
DE LA LIR.
AGREGADOS Y DEDUCCIONES DEL
PERIODO
C22
C19
OTROS INGRESOS
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
OTROS
GASTOS
DEDUCIDOS DE
LOS INGRESOS
BRUTOS
INTERESES
PERCIBIDOS O
DEVENGADOS
TOTAL TOPE
CREDITO POR
IMPUESTO PAGADO O
ADEUDADO EN EL
EXTRANJERO
C35
GASTOS
RECHAZADOS
AFECTOS AL
ART. 21 DELA
LIR.
IMPUESTO PAGADO
C26
C39
C27
C29
DEDUCCIONES A
LA RENTA LÍQUIDA
IMPONIBLE
C25
C38
C23
C24
AGREGADOS A
LA RENTA
LÍQUIDA
IMPONIBLE
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1852
1.               La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por las personas naturales o jurídicas con domicilio
o residencia en Chile que hayan constituido agencias o establecimientos permanentes en el exterior. 
Esta información deberá presentarse con independencia de la fecha en que se constituyó la agencia o
establecimiento permanente en el extranjero, o si la inversión se encuentra registrada en el Registro de
Inversiones en el Extranjero, que para efectos del Art. 41A letra C) N° 2, lleva el Servicio de Impuestos
Internos. 
2.                 
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (INVERSIONISTA)
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identificación de los contribuyentes inversionistas,
indicando su número de RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y
número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código de discado
directo). 
3.                 
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS 
Todos los montos deben ser declarados en pesos chilenos ($). 
Columna “Antecedentes de las Agencias o Establecimientos Permanentes Receptores de la Inversión”: 
Columna “Nombre o Razón Social”: Indicar el nombre o razón social de la agencia o establecimiento
permanente que se tiene en el extranjero.