Sí, los que están contemplados en el Artículo 4°, de
la Ley N° 20.365, de 2009, actualmente modificada por la Ley N° 20.897, de 2016.
El detalle de los topes depende del año en que se utilice la franquicia, del
valor de la vivienda, del tipo de sistema solar (Unifamiliar o Multifamiliar) y
de su superficie de dichos sistemas.
Puede obtener mayor información relativa a este
tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación, Resoluciones y Circulares, opciones
Resolución 96 y
Circular 55, ambas de 2016. |