Los beneficiarios del crédito por SST son las empresas constructoras que hayan
instalado los SST en bienes corporales inmuebles destinados a la habitación
construidos por ellas. Se debe aclarar que las empresas vendedoras, productoras o
importadoras de equipos colectores o acumuladores que conformen un SST no son las
beneficiarias de este crédito.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Normativa y legislación, Circulares, opción
Circular N° 55, de 2016.
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