PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Vales de venta | Puntos de ventas

 Pregunta   ID:   001.012.1012.009  Fecha de Creación:   13/02/2004

¿El SII puede autorizar un sistema computarizado de punto de venta comprado en el extranjero, en reemplazo de boletas manuales?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   20/07/2023

Cabe señalar que la Resolución Exenta N° 108 de 2020, deja sin efecto a contar del día 1 de enero de 2021, para aquellos contribuyentes emisores de factura electrónica y el 1 de marzo de 2021, para aquellos contribuyentes que no tengan tal calidad, las instrucciones contenidas en las Resoluciones N° 6761 de 1998, N° 24 de 2002, N° 53 y N° 111 de 2004, relativas a las autorizaciones otorgadas para la utilización de máquinas registradoras, terminales de puntos de venta e impresoras fiscales, para la emisión de vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios y N° 48 de 2016 y N° 8 de 2018 sobre autorizaciones otorgadas para la utilización de vales electrónicos en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.

Respuesta anterior:

No, el SII no puede autorizar un sistema computarizado de punto de venta comprado en el extranjero por un particular en reemplazo de boletas manuales, ya que sólo autoriza el uso de máquinas e impresoras fiscales solicitadas por importadores y/o vendedores. En la eventualidad de que un contribuyente desee utilizar máquinas o impresoras fiscales en reemplazo de boletas manuales, deberá acreditar que la máquina se encuentra dentro de las autorizadas previamente por el SII.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución Exenta N° 24, de 2002

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