PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Facturas | Factura de Venta | Emisión y corrección

 Pregunta   ID:   001.012.1015.012  Fecha de Creación:   13/02/2004

¿Se requiere autorización del SII para llenar documentos tributarios preimpresos por medio computacional?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   20/07/2023

Se debe tener presente que la Ley N° 20.727 de 2014, hace universal y obligatorio el uso de la factura electrónica para todos los contribuyentes con actividad económica de primera categoría, en reemplazo de los documentos físicos o de papel, según los plazos que señala la mencionada Ley.

Ademas recordar que, en la actualidad la mayoría de los documentos tributarios se deben emitir en formato electrónico, salvo las excepciones que contempla la ley.

Respuesta anterior:

No se requiere de ninguna autorización para llenar documentos tributarios preimpresos por medio computacional, aunque es necesario cumplir en su emisión con todos los requisitos legales y reglamentarios vigentes señalados en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

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