Se debe tener
presente que la Ley N° 20.727 de 2014, hace universal y obligatorio el uso de la
factura electrónica para todos los contribuyentes con actividad económica de
primera categoría, en reemplazo de los documentos físicos o de papel, según los
plazos que señala la mencionada Ley.
Ademas recordar que, en la actualidad la mayoría de
los documentos tributarios se deben emitir en formato electrónico, salvo las
excepciones que contempla la ley. Respuesta anterior:
No se requiere de ninguna autorización para llenar documentos tributarios
preimpresos por medio computacional,
aunque es necesario cumplir en su emisión con todos los requisitos legales y
reglamentarios vigentes señalados en la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
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